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miércoles, 20 de mayo de 2015

GUADALQUIVIR.- NUESTRAS DEMANDAS SE GENERALIZAN: EL COSTE DEL MAL GOBIERNO, EMPLEADOS PÚBLICOS PARA QUE LOS GOBIERNOS FUNCIONEN. ¿SE CONSEGUIRA ALGO?

El 26 de septiembre de 2013, el Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, contestaba así a una de las cuestiones planteadas por el Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia a instancia, del entonces diputado de ese grupo, Antonio Cantó García del Moral:

(A.C.)¿Puede el gobierno asegurar que el personal externo contratado en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir no realiza funciones reservadas por ley a los funcionarios?
 
(G.)…Se informa que los trabajos que realizan las empresas adjudicatarias de servicios se desempeñan siempre bajo la dirección, supervisión y control del personal funcionario o laboral de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y no suponen la asunción de tareas realizadas por este personal ni el ejercicio de potestades públicas.

Como empleados públicos, tal como se establece en el Código de la Función Pública pusimos en conocimiento de nuestros superiores la situación que estábamos atravesando como servidores públicos dedicados al servicio público, desde nuestro regreso, el 22 de octubre de 2011, a la Administración General del Estado en ejecución de sentencia por la ilegal transferencia del Guadalquivir a la Comunidad Autónoma de Andalucía. La puesta en conocimiento de la situación se realizo el día 31 de enero de 2013, mediante un escrito firmado por cincuenta empleados públicos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en el que se denuncia el incumplimiento reiterado de quienes representan al Organismo, de las normas de contratación establecidas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. En el escrito se manifestaba todo lo que hasta hoy ha venido ocurriendo.

El 21 de marzo de 2013 se recibe respuesta del Ministerio; se nos permite exponer los problemas pero a través de los representantes sindicales presentes en la Mesa de Negociación, haciéndose caso omiso tanto a las irregularidades sobre contratación como a la constante externalización de nuestras funciones, desviando el problema al órgano competente de recursos humanos del Ministerio.

A partir de ese momento y puesto que los representantes sindicales no llevaron a cabo su labor como era de esperar, se procedió a poner en conocimiento de los partidos políticos y de la prensa las irregularidades detectadas y las que se iban detectando con respecto a la gestión de recursos públicos y a la continua contratación de empresas externas.

Para que los gobiernos funcionen necesitan empleados públicos. Hoy nos hacemos eco de un artículo publicado en El Confidencial:

…Los partidos que nos han gobernado han mantenido a sus enchufados en todas las Administraciones y no han recortado en toda la estructura superflua que no sólo nos cuesta millones de euros sino que, además, genera grandes ineficiencias...

...El problema en nuestra Administración no son sus funcionarios y empleados públicos, sino la falta de profesionalización de la Administración Pública…

...La solución de los problemas y la capacidad para responder a las expectativas y necesidades ciudadanas depende en gran medida de la calidad de los gobiernos. Y la profesionalización de la administración pública, como camino contrario a su politización y colonización por los partidos políticos, es una de las claves para que nuestros gobiernos no sólo sean más decentes, sino para que funcionen de verdad al servicio del interés general...

Nos hacemos eco también de un manuscrito elaborado por el Grupo de Administraciones Públicas de Unión Progreso y Democracia:


Pensamos que tanto el artículo publicado como las propuestas del manuscrito son documentos de interés, evidentemente para todo aquel que lo tenga y no vea este post que publicamos como un toque de atención al electorado, porque pese a nuestras innumerables demandas solicitando no ser despojados de nuestro trabajo como servidores públicos, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, obviando nuestras solicitudes, toma como causa en cada pliego de servicios que licita, la insuficiencia de medios propios, sobrevenida tras la reversión al Estado de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, para contratar empresas externas que, a su vez, contratan personal externo impuesto por el propio organismo que, ocupan dependencias oficiales en todas las provincias, tienen acceso a programas de gestión a los que nosotros no tenemos acceso y controlan datos personales de los ciudadanos y de los propios empleados públicos sobre jornadas, controles horarios y todo lo relacionado con temas de personal, ni los partidos políticos, ni los medios de comunicación observan en nuestras peticiones motivo y fundamento alguno para su defensa y publicación.

Las llamadas de atención de los empleados públicos del Guadalquivir ante los problemas referidos dieron como resultado puestos de libre designación, comisiones de servicio y accesos graciables en detrimento de la aplicabilidad de los principios de publicidad, mérito y capacidad, causando un daño irreparable a los que aún creen en la Función Pública y en que se debe poner fin a las practicas corruptas en la Administración Pública.

¿Se conseguirá algo? «Las épocas de bonanza son peligrosas, porque la gente, empezando por los políticos, se encuentran con recursos ingentes para financiar disparates.» Carlos Pellegrini (Presidente de Argentina, 1890-1892).
 

jueves, 14 de mayo de 2015

NORMAS DE CARÁCTER MEDIOAMBIENTAL, EL FIN DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR ES VELAR POR LA CALIDAD Y CANTIDAD DE LAS AGUAS.

El continuo desarrollo legislativo relacionado con normas de carácter medioambiental, y más concretamente en lo que se refiere al ámbito de las aguas residuales, obliga a que las distintas administraciones y entidades responsables dispongan de un servicio especializado en las tareas de control, seguimiento e inspección de los potenciales focos de contaminación de las aguas.

Según la legislación de aguas y su reglamento de desarrollo se consideran vertidos los que se realicen directa o indirectamente en las aguas continentales, así como en el resto del Dominio Público Hidráulico cualquiera que sea el procedimiento o técnica utilizada.

Dichos vertidos directos o indirectos de aguas y productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del Dominio Público Hidráulico, quedan prohibidos con carácter general, salvo que se cuente con autorización previa.

El otorgamiento de la autorización de vertido, así como la responsabilidad de inspección y vigilancia del condicionado de la misma corresponde al Organismo de cuenca en el caso de los vertidos directos a aguas superficiales o subterráneas y en el de vertidos indirectos a aguas subterráneas.

Igualmente la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación que regula los vertidos directos establece que aunque la autorización de vertido este englobada dentro de la autorización ambiental integrada que otorgan las Comunidades Autónomas, el marco competencial de las confederaciones Hidrográficas se sigue manteniendo, puesto que el Organismo de cuenca es el que establece la admisibilidad o no del vertido y, en su caso, determina las características del mismo y las medidas correctoras a adoptar a fin de preservar el buen estado de las aguas, a través de un informe preceptivo y vinculante cuyo contenido se debe incorporar a la autorización ambiental integrada otorgada por la Comunidad Autónoma.

De acuerdo con la legislación vigente la competencia de inspección y vigilancia de los vertidos corresponde a la Comisaría de Aguas de las Confederaciones Hidrográficas.

La potestad de control e inspección de los vertidos se desarrolla en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. 

Una vez autorizado un vertido, la Confederación tiene la responsabilidad de vigilarlo, de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas. Para ello se toman muestras de los vertidos para su análisis, así como medidas de caudal vertido. La frecuencia con la que se realizan los análisis depende de la magnitud del vertido, de su peligrosidad y de la sensibilidad del río o acuífero al que vierten. El incumplimiento de las condiciones de vertido conlleva sanción administrativa.

Estos controles se realizan en la actualidad mediante los recursos propios de los Organismos de cuenca, por la Guardería fluvial, por personal de inspección y toma de muestras de los laboratorios, por los propios técnicos de los Servicios de Vertidos de las Comisarías de Aguas, o a través de empresas externas.

Las Confederaciones Hidrográficas deben disponer de un plan anual de inspección de vertidos, numerosas redes para el control de la calidad de las aguas y personal destinado a la toma de muestras, que se deben analizar en su Laboratorio de Aguas.

Varios han sido los Pliegos de Servicios para llevar a cabo el Plan de Inspección, adjudicados por el procedimiento negociado sin publicidad, en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, el penúltimo en mayo de 2011.

El último conocido, el Pliego de Bases de Servicios para la explotación de los programas de inspección de vertidos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Clave: CU (CO)-4233. El 9 de noviembre de 2012 se publicó licitación mediante el Procedimiento Abierto, formalizándose el contrato con la empresa adjudicataria el 5 de agosto de 2013, los trabajos se contrataron durante 12 meses y pueden ser objeto de prórroga.

Como todos los pliegos de servicios adjudicados hasta la fecha, la Comisaría de aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir dice en el Pliego no disponer de los medios materiales y humanos para llevar a cabo el conjunto de los trabajos necesarios para cumplir las obligaciones establecidas por la legislación vigente, concretamente sobre inspecciones medioambientales, por ello se hace necesaria la contratación de la correspondiente Asistencia Técnica con una empresa especializada, sin perjuicio del asesoramiento, inspección y colaboración que se prestará por el personal de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

La realidad es que, aunque volvamos a lo mismo, la Oferta de Empleo Público abierta no incluye la necesariedad de empleados públicos en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, pero todos los pliegos indican lo contrario. La responsabilidad de inspección y vigilancia de los vertidos se deja en manos de empresas externas. 

La adjudicaría del Pliego de Bases de Servicios para la explotación de los programas de inspección de vertidos, CU (CO)-4233, meses antes de la finalización del contrato, sufre un proceso de fusión por absorción cuya consecuencia lógica es el cambio de denominación social de la sociedad absorbida, que adoptará el nombre de la sociedad absorbente.

Sea como fuere, finalizados los 12 meses para llevar a cabo los trabajos encomendados, no se llevó a cabo la prórroga del contrato con lo que la inspección, control y vigilancia de los vertidos lleva sin realizarse desde el mes de agosto de 2014, incumpliéndose la obligación de inspección, vigilancia y control de vertidos que establece el marco normativo. 

Ecologistas en Acción otorga cada año el premio Atila que se concede a la persona o institución que durante el año en curso más ha destacado por su nefasta actuación medioambiental. El pasado año 2014 y en la provincia de Granada uno de los ganadores del "premio" fue la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por no actuar con rotundidad, entre otros asuntos, sobre los vertidos de aguas residuales.

sábado, 9 de mayo de 2015

RECURSOS PÚBLICOS COMUNES, DILEMA, COMPORTAMIENTO HUMANO, INTERÉS INDIVIDUAL, INTERÉS COLECTIVO, ENFOQUE.

En la antigua Grecia, el filósofo Aristóteles, desde una inspiración predominantemente naturalista, funda el sistema filosófico más poderoso del mundo antiguo, enraizado en las ciencias de su época, a cuyo desarrollo contribuyó en primera línea: ciencias biológicas, ciencias políticas y lógica formal.  
 
Aristóteles planteó una teoría básica que evidenció el comportamiento que las personas tienen con respecto al uso continuo de algún recurso natural común. Dejó entrever el conflicto, normalmente económico, que se genera por la intervención de intereses individuales sobre los bienes públicos.  

En el corazón del edificio construido en honor de la razón, la obra de Aristóteles se levanta como un árbol maestro inigualado en lucidez y vigilancia conceptual que en la actualidad aún nos interroga. 

Algún tiempo despues, el Derecho Romano establece dos grandes categorías: las personas y las cosas. Las personas tienen derechos sobre las cosas. De acuerdo a esa ley un “derecho” es un poder que se tiene en relación a una cosa determinada. Así, los poderes o facultades que el sujeto ejerce sobre las cosas, están protegidas por una “acción real”, reconocida por la ley, ejecutable en contra de cualquier sujeto que impida el libre ejercicio de esos poderes o facultades sobre la cosa.  

Imaginemos, no es tan difícil, que la Administración Pública es un edificio donde los empleados públicos comparten espacios y servicios comunes con los ciudadanos; el mantenimiento y funcionamiento del edificio depende de la cooperación y de los acuerdos tomados entre todos los que habitan en él.

Para llegar a un acuerdo que beneficie a todos por igual, siempre se estará en un constante dilema; entre el acierto y el desacierto, entre la certeza y la duda, entre la confianza y la desconfianza, entre la credibilidad y lo increíble.  

Lo cierto es que, cada persona toma continuamente decisiones acerca de sus intereses particulares. Las elecciones pueden coincidir o no con otros. Sin embargo, estas decisiones no se hacen de forma independiente de la sociedad; sino que se circunscriben a ella. 

Un dilema del que no se escapan los recursos públicos, ya que su manejo o aprovechamiento implica esa incertidumbre, tan profunda y acentuada por las políticas generacionales y las dinámicas socioeconómicas. 
  
De hecho toda actividad económica y su gobernanza da origen a gastos, gastos que, en el caso de las actividades comunes o sector público, son administrados por -y por ende son propiedad de- “el Estado”. 

Siendo los bienes comunes “bienes que todos gozan en comunidad” no se debe permitir que tal goce común implique su uso sin límite ni control. 

En el Derecho Romano la acción de “reivindicativo” significaba literalmente “recuperación de la cosa" (re = cosa, vindicare = recuperar). 

Sobrecogedora realidad, para los que creemos en la "recuperación de la cosa", son los últimos actos de los que hemos tenido conocimiento que implican una rendición de cuentas sobre un bien común; 

Por un lado una batería de preguntas a los responsables de la gestión de recursos públicos en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir;

Por otro, una solicitud a la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas para que se encomiende, precisamente al Tribunal de Cuentas, la elaboración y remisión de un informe relativo a la verificación de la observancia de la Ley de Contratos del Sector Público "en las contrataciones llevadas a cabo por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) durante los ejercicios 2013 y 2014, con especial atención a las contrataciones de las actuaciones de limpieza en el río Guadalquivir a su paso por Córdoba".

El Estado va a tener que jugar un papel muy activo en este proceso porque las respuestas que, en parte, ya fueron dadas, nos dejaron bastante sorprendidos, sobre todo a los que no paramos de hacer cuentas cuando las cuentas no salen. La dificultad de nuestra época consiste en que los hombres no quieren ser útiles sino importantes.

Ya se ha escrito aquí en otras ocasiones:

"Si para la protección de bienes y recursos públicos, incluidos los medios humanos, todos ellos bienes comunes, no se establecen unas disposiciones que requieran que quienes desempeñan funciones públicas se vean obligados a proteger esos bienes y recursos que le han sido confiados en razón de sus funciones, unas disposiciones que impidan la pérdida, daño o uso indebido de esos bienes y recursos públicos, unas disposiciones relacionadas con la rendición de cuentas sobre los recursos públicos "no protegidos" y unas disposiciones que tipifiquen y establezcan las correspondientes sanciones y las consecuencias por incumplimiento, nunca se actuara con transparencia y los principios de eficacia, economía y eficiencia no satisfarán el objetivo primordial del interés general".

Desde Aristóteles, pasando por el Derecho Romano, a la actualidad, muchos han sido los que han analizado y estudiado los bienes comunes y la gobernanza económica de esos recursos compartidos.

Si todos tenemos acceso a un bien común, cada uno intentará aprovecharse de forma particular de ese recurso. El resultado: la degradación de los recursos.

Mientras no distingamos que son bienes “de consumo privado” y “bienes de consumo colectivo":.. no podremos reivindicar "derechos".

Los individuos somos incapaces de modificar nuestro comportamiento, guiarnos por el egoísmo es peor que no guiarnos por él. Y es peor no sólo para todos sino para cada uno de nosotros también, incluidas las generaciones futuras.

Esperando acontecimientos y empeñados en ver la solución al dilema sobre si se deben de poner, o no poner, puertas al campo, según convenga, nos encontramos con un grave problema de fondo: El interés en la obtención de beneficios individuales inmediatos donde el bien común no tiene cabida.