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jueves, 30 de abril de 2015

NI JUSTO, NI INJUSTO, SINO TODO LO CONTRARIO. EL PRIMERO DE MAYO Y LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.

En la antigua Roma el trabajo se consideraba indigno para los hombres libres. Así cuenta el filósofo y orador Cicerón que, “son indignos de un hombre libre, y tienen algo de degradante los oficios por los que se cobra, no por su talento, sino por el esfuerzo, porque entonces el salario en sí, es el precio de la servidumbre (…)”.

El trabajo basado en el esfuerzo se reservaba a los esclavos, considerados en propiedad, como cosas que no tenían otro derecho salvo el de la vida. 

Esta idea del trabajo, dio un giro de ciento ochenta grados, con la llegada la Revolución Industrial. Una nueva idea sobre ‘el tiempo’ llevó al enaltecimiento del trabajo y el menosprecio de las actividades ociosas.  "El tiempo es oro".
 
El Primero de Mayo, Día Internacional de los Trabajadores, tiene su origen en una huelga histórica iniciada precisamente un 1 de mayo del año 1886, en lucha por una jornada laboral de ocho horas. Se defendía la máxima “ocho horas para el trabajo, ocho horas para el sueño y ocho horas para la casa". Pese a la promulgación de una Ley que reducía la jornada de 18 horas a 8, ésta no entró en vigor por la oposición de los empresarios. Protestas violentas que se saldaron con policías y huelguistas muertos. El inicio de la contienda un artefacto explosivo lanzado por "no se sabe quién". Cuenta la historia que pudo ser alguien contratado por los dueños del poder político y económico.

Ya han pasado más de 100 años y poco o nada se conoce, se recuerda o se reivindica sobre aquella epopeya de resistencia y lucha de la clase obrera.

A todos los efectos, el 1º de Mayo es hoy en día una huelga legal, pacífica, universal y pagada por las empresas y para todos los trabajadores, incluidos los empleados públicos.

En la última década, por cercanía, algún que otro político, sentado en su sillón de Secretario de Estado, reconoció en público hace tiempo que hay funcionarios que tienen poco que hacer y que encima trabajan poco. El político en cuestión dijo más, fue bastante más allá: Como no podemos contratar a nadie a tiempo parcial, contratamos a una persona para que esté ocho horas sabiendo que va a estar cuatro horas tocándose las narices”; "Hay que acometer las reformas necesarias para que no tengamos funcionarios (en los ministerios, en las consejerías autonómicas, en los ayuntamientos…) tocándose las narices media jornada y pagados con el dinero de todos. No están los tiempos para tales despilfarros".

Otros en cambio, los que aún no disponen de sillón o pueden perderlo, ante los medios de comunicación nos contaban que "hay que valorar el trabajo de los empleados públicos, el cual se funda en principios éticos y reglas de comportamiento de acuerdo con la cultura de lo público"; "Quiero funcionarios que se dediquen a defender a la gente y no a las empresas".

Hoy, preparados para un nuevo proceso electoral en "todos los ámbitos", no se lee en la prensa, o en los programas electorales, nada parecido, ni para bien ni para mal. Ni justo ni injusto, sino todo lo contrario.

Lo que es cierto es que, por mandato Constitucional, la Administración pública ha de ser profesional, neutral e imparcial y ello significa que su función reviste una cierta clase de poder técnico que se relaciona en sus múltiples facetas con su sometimiento pleno a la ley y el Derecho. Sometimiento que alcanza a todos los poderes públicos tal como establece la Constitución.

Los políticos, en especial los partidos políticos, han tratado de restar poder a los funcionarios, por tanto a la Administración pública, para asumirlo ellos. Así, es normal que los partidos políticos tengan en sus filas funcionarios públicos y que en especial traten de “fichar” a los altos funcionarios, para que contribuyan a asesorarles en general sobre dicha Administración pública, bien en casos concretos, para ejercer la oposición, bien para obtener información utilizable políticamente, bien para la confección de sus programas.

Hasta ahora el círculo del dominio político sobre la estructura administrativa se ha cerrado, primero, convirtiendo en cargos políticos puestos que deberían ser simplemente funcionariales, cambiando pues el sistema de nombramiento y eludiendo el mérito y la capacidad, segundo, clasificando como de libre designación los niveles superior e intermedio de los puestos funcionariales y haciendo depender a los funcionarios, en su carrera y retribución, de las decisiones del cargo político y, por ello, obligando sutilmente a que decida o informe conforme al interés del grupo político en el poder, y, tercero con la “externalización”; es decir, encomendando a empresas privadas estudios, proyectos, resoluciones y gestiones propias de los funcionarios públicos, mediante contratos. Empresas que hacen lo que se les pide o incluso que se crean especialmente para la ocasión, con la garantía política de resultar adjudicatarias del contrato o, en su caso subvención.

Resumiendo la situación; durante años, y en un sistema ya considerado democrático, se ha configurado una Administración pública politizada por un gran número de cargos políticos en su estructura y cuya cúpula funcionarial es de libre designación, en parte fiel a un partido o, simplemente, educada en la supervivencia y no en el mérito.

Insistiendo en la necesidad de seguir reivindicando nuestra situación como empleados públicos “en la vida no suele haber soluciones, sino más bien fuerzas en marcha, son éstas las que hay que crear para que las soluciones lleguen”. Antoine De Saint-Exupery.

jueves, 23 de abril de 2015

TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS: AL SENADO: Autor: COVES BOTELLA, FUENSANTA (GPS).- PREGUNTAS CON RESPUESTA ESCRITA SOBRE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR.

Fuensanta Coves, senadora del PSOE, a la vista del Informe de la Inspección de Servicios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sobre las "irregularidades en la gestión de recursos públicos" en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, presenta en el Senado, con fecha 14 de abril de 2015, una batería de preguntas ante la “parcial” y “totalmente subjetiva” investigación interna llevada a cabo por el Ministerio. Como ya dijo Coves ante los medios de comunicación "Nos gustaría aclararlo hasta el fondo. Creemos que hay algo extraño en este asunto”.

AL SENADO:
Autor: COVES BOTELLA, FUENSANTA (GPS)
TIPO: PREGUNTA CON RESPUESTA ESCRITA.
Situación: Pendiente de contestación
Legislatura: 10
Fecha: 15/04/2015
  



  









Veremos las respuestas que el Gobierno, aplicando la Ley de Transparencia, "ofrece" en el plazo establecido por el Reglamento del Senado...

sábado, 18 de abril de 2015

MILLONES DE EUROS ADJUDICADOS A DEDO. APLICACIÓN DE LAS DIRECTIVAS DE LA UNIÓN EUROPEA: LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN. ELEMENTO ILUSTRATIVO, EXTERNALIZACIONES Y CONTROL DE VERTIDOS. OBSERVACIONES "IN SITU": INDIVIDUOS EN ESTADO DE SUMISIÓN.

El Consejo de Ministros ha recibido dos informes del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre los Anteproyectos de Ley de Contratos del Sector Público y de Contratos en los sectores específicos del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. Los Anteproyectos se someterán a diversos trámites e informes preceptivos antes de su remisión por el Consejo de Ministros a las Cortes Generales.

Los interesados en la regulación de la contratación pública tienen por delante un denso año de estudio.

Si ya en la actualidad se acumulan las resoluciones de los tribunales y órganos especiales que resuelven los conflictos relativos a los contratos del sector público, cada vez más sustanciosas, los curiosos cuentan ahora con otro voluminoso trabajo:  El texto de Borrador del anteproyecto que reformará la Ley de contratos.

El texto apareció hace unos días. No más tarde de mediados de abril de 2016, el Reino de España ha de incorporar las precisiones establecidas en las últimas Directivas europeas, si quiere mostrar su compromiso con la integración europea. Un año, por tanto, de análisis, jornadas y debates.

Una Ley de Contratos del Sector Público, debería tener una exposición clara y ordenada, sin fisuras ni contradicciones. Una ley que no dé lugar a interpretaciones ambiguas y consienta que algunos órganos de contratación, disfracen de legalidad lo que únicamente son actos viciados.

La norma actual se aplica a todas las administraciones, Estado, Comunidades Autónomas, Diputaciones y Ayuntamientos. Sin embargo y a pesar de ello, la existencia de imprecisiones en su aplicación favorece la aparición de diversos peligros en relación con un escenario de corrupción.

Contratos menores, pliegos negociados sin publicidad, emergencia…."adjudicaciones a dedo", son unas figuras perfectamente legales y de gran operatividad ante la maraña burocrática de la administración. Es ese enredo el que lleva, en miles de ocasiones, a la utilización de las adjudicaciones en fraude de ley generando perversiones de la norma.

El fraccionamiento de contratos con la intención de eludir la aplicación de los principios de la ley vigente lleva a construir ficticiamente múltiples contratos menores en lugar de licitar un contrato mayor.

La sucesiva adjudicación de contratos menores, negociados sin publicidad, emergencias, abiertos…a una misma empresa puede producir una acumulación de contratos por una importante cuantía que sitúen a las "receptoras" en una posición de clara (e irregular) ventaja frente a las demás que no han podido acceder en condiciones de libre concurrencia y publicidad.

Una de las fases fundamentales en el procedimiento de contratación viene constituida por la elaboración de los pliegos en los que se delimitan los criterios de adjudicación, que serán determinantes para condicionar el resultado del procedimiento. La participación del sector privado en esa elaboración y su simple conocimiento con carácter previo es de hecho lo que facilita enormemente la presentación de una oferta ganadora, en una situación de clara ventaja competitiva.

Miles de contratos (millones de euros) adjudicados a dedo y en vulneración de la Ley de Contratos vigente.

Del texto del borrador del anteproyecto destacamos su Artículo 64. Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses:

Los órganos de contratación deberán tomar las medidas adecuadas para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses (…). A estos efectos el concepto de conflicto de intereses abarcará, al menos, cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de licitación.

No vamos a recorrer el Reino de España copiando noticias, a veces diarias, sobre la discrecionalidad administrativa en materia de contratación pública y la lucha que algunos colectivos han emprendido contra la corrupción en ese asunto.

Como elemento ilustrativo de todo lo anteriormente expuesto podemos ver el Informe de la Inspección de Servicios del MAGRAMA sobre las contrataciones en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en el que además se puede comprobar según las informaciones dadas por los inspeccionados que estos dejan claro y cristalino que solo hay una empresa o una persona en el mundo capaz de realizar determinados trabajos, con la consiguiente ventaja sobre la libre concurrencia y publicidad.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pues su doctrina es la que ha de iluminar la adecuada interpretación del Derecho de la Unión, ha detectado las líneas fundamentales de prácticas irregulares por lo que el Consejo ha vuelto en pocos años a modificar la normativa sobre contratos públicos exigiendo a los Estados Miembros su estricto cumplimiento. “Estrategia Europa 2020”: Directiva 2014/24/UE, Directiva 2014/25/UE, Directiva 2014/23/UE.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de abril emite: 
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de contratos del sector público.
  • INFORME sobre el Anteproyecto de Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
Lo dicho, hasta 2016, tiempo de análisis, jornadas y debates para que la picaresca de lo más variopinta no continúe con esto de “vestir bien el santo” para que nadie lo note. Porque, Señores Ministros, lo hecho, hecho está.

Demasiados "considerandos" y demasiados "excepcionalmente" contiene el nuevo texto de la legislación sobre contratos y… como la imaginación vuela y... la interpretación es libre, con el paso de los años veremos si la contratación pública se convierte nuevamente en el anillo que legitima la actuación de nuestro dedo adjudicador. Ya se sabe, en defecto de ley se aplicara la costumbre, en este caso la costumbre de adjudicar "a dedo".

Esperamos que la nueva ley obligue a los órganos de contratación a respetar los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, no discriminación e igualdad  de trato y que sobre todo que defienda los intereses de los administrados de forma real y efectiva.

Y porque una cosa lleva a otra, en defensa de los intereses de los administrados de forma real y efectiva, también esperamos que el poder judicial en su labor de investigación de las conductas que puedan encerrar la comisión de delitos realice esta labor con la máxima celeridad, volvemos al caso del elemento ilustrativo, infinidad de contrataciones externas con empresas privadas para llevar a cabo las funciones propias de los empleados públicos, particularmente de Comisaria de Aguas y referentes al "Control de vertidos" realizado por personal externo con el visto bueno de quienes adjudican y dirigen los trabajos:

A raíz de las primeras investigaciones iniciadas por una denuncia en el año 2010, en una providencia dictada el pasado 23 de marzo por el Juzgado de Instrucción número 6 de Granada, el magistrado que investiga la presunta emisión de aguas fecales de la cárcel granadina de Albolote a un barranco y arroyo de la zona, acuerda la imputación penal de un total de ocho personas. Entre los imputados por posibles delitos de prevaricación, contra la ordenación del territorio, prevaricación medioambiental omisiva y contra el medio ambiente se encuentran; el Presidente, el Comisario de Aguas y el Jefe de Área de Calidad de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en la actualidad, el Jefe del Área de Calidad de las Aguas entre mayo de 2009 y enero de 2011, el ex presidente de la Confederación entre 2004 y 2008, que luego fue comisario de Aguas de la CHG en el año 2011.

Dicen los estudiosos de la conducta humana que "Cualquier hombre ordinario puede hacer mal sin tener conciencia de que lo hace, incluso con la convicción de que está ejecutando acciones propias de su deber con la mayor eficacia y afirmación".

Y...para finalizar nuestro post de hoy, observando "in situ" la pasividad, el desinterés y la inacción de  muchos de los empleados públicos de la Administración sobre todas las cuestiones expuestas:

Ofrézcase a algunos individuos en estado de sumisión una posición privilegiada, cierta comodidad y una buena probabilidad de subsistir, exigiéndoles a cambio la traición a la solidaridad natural con sus compañeros, y seguro que habrá quien acepte. 

miércoles, 15 de abril de 2015

DISTORSIÓN DE LA REALIDAD. LA INDEPENDENCIA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE SUS FUNCIONARIOS FRENTE A VAIVENES POLÍTICOS. ¿ALGUIEN MÁS RECUERDA QUE ES UN EMPLEADO PÚBLICO?

En general la población accede a la información desde los medios de comunicación, mayoritariamente a través de televisión y/o prensa impresa. 

Otro grupo menos mayoritario recaba la información de las redes sociales, pero su fuente sigue siendo la misma, los poderes mediáticos, los medios de comunicación. De ese modo, se comparten titulares de prensa y cortes de informativos o instantes de programas de debate y se suele dar mayor importancia al titular, sensacionalista o tergiversado, que al contenido real del artículo que en demasiadas ocasiones dista mucho del titular. 

El grueso de la información que llega a los ciudadanos de un modo u otro sigue siendo de la misma fuente. 

La información debatida y contrastada queda aparcada en un círculo minoritario que no llama la atención al ciudadano en general.

La información política de los grandes medios se ha convertido en un “show sensacionalista” en el que la seriedad y la búsqueda de la verdad en la noticia deja paso a la competición por la publicación de escándalos y opiniones que aumenten el barómetro de audiencia, transgrediendo la ética profesional periodística, el objetivo: desviar la atención de lo realmente importante.

La CORRUPCIÓN ha sido tratada como un problema producido por personas, “caraduras” que han aprovechado su condición, su cargo público, para obtener un beneficio personal. Esto es lo que nos venden y esto es lo que cree la gran mayoría.

La realidad es bien distinta. 

Los casos de corrupción de los políticos con cargos públicos son un hecho mucho más complejo ya que conlleva la contraprestación de un beneficio público para la empresa privada, por ello la red de responsables públicos es mucho más extensa de lo que nos hacen ver.

Pura lógica. Se justifica la externalización y/o privatización de la gestión de los servicios públicos a favor del Sector Privado.

La ciudadanía queda desprotegida y, si el servicio está exter­nalizado, la Adminis­tra­ción ya no será responsable.

Se habla de fraude fiscal pero en ningún caso se ha podido cuantificar el beneficio que ha obtenido la empresa privada que ha “regalado” millones de euros por ese “favor” y la pérdida de dinero público que ello ha producido. 

La contratación “a dedo” del personal de confianza en toda la red pública, favorece estos casos ya que los somete a las órdenes, en detrimento del acatamiento de las normas. 

Falla el control en la Administración Pública en toda su escala y eso nadie lo quiere reconocer, siendo su máximo responsable el gobierno del Estado y los diferentes gobiernos autonómicos, a su nivel. 

Este fallo de control es un fallo consentido, consentido por todos aquellos que ven incrementado su patrimonio a costa de todos nosotros. 

No son personas en particular sino toda una trama consolidada, desde su cúspide con las cuentas bancarias millonarias, hasta la base con triquiñuelas para conseguir un empleo público a cambio de una sumisión completa a las directrices políticas de turno.

Se ha creado a través de los años, en la política, una nueva forma de “hacer negocio con lo público” con beneficios espectaculares. 

El decir que los partidos políticos con cargos públicos, no son conocedores de lo que ocurre entre sus filas nos hace pensar en dos opciones: nos mienten o son nefastos gestores. Ninguna de esas opciones son beneficiosas para la gestión pública. 

La independencia de las Administraciones Públicas y de sus funcionarios frente a vaivenes políticos, cambios en los cargos de designación directa y en sus responsables últimos, es el mayor garante con el que cuenta nuestro sistema para garantizar su correcto funcionamiento, al margen de injerencias externas e intereses ilegítimos. 

En este contexto, un funcionariado bien preparado e independiente es un arma destacada y primordial en la lucha contra el lastre que supone para este país la corrupción. 

Por lo tanto factores como la capacitación, la profesionalidad y la independencia en su labor en servicio de la estructura administrativa del Estado y del ciudadano, les convierte en garantes no solo del funcionamiento cotidiano sino del mantenimiento futuro de dicha estructura. 

La corrupción está desprestigiando nuestro trabajo como empleados públicos y nadie pone remedio. Nadie mete el dedo en la llaga. 

Han de articularse medidas efectivas para evitar injerencias y presiones políticas, así como para la protección de todos aquellos que desde su actuación honesta como funcionarios decidan denunciar una irregularidad que afecte a los ciudadanos y los bienes públicos.
 
Son más notables para la población las corruptelas que el trabajo diario de todos nosotros los empleados públicos honestos.

Tenemos que despertar y continuar defendiendo nuestro trabajo, nuestra ética profesional y no dudar en decir la verdad, aunque nos duela. 

Es la única salida para abrir los ojos a la ciudadanía y concienciar la defensa de un sistema público eficaz, eficiente, equitativo y al servicio de los ciudadanos.

¿Alguien recuerda que es un empleado público, cuáles son sus funciones, qué garantiza su independencia e imparcialidad? Veáse: Código de la Función Pública.

Sin un funcionariado independiente y honesto, ajeno a los vaivenes políticos, parece improbable el funcionamiento de la Administración.

Los gobiernos de uno u otro signo pasan pero, con la ley vigente, los funcionarios permanecen; limitarnos en nuestras funciones es un derroche que no se puede ni se debe permitir. ¿Lo vas a permitir?...Nosotros no.

sábado, 11 de abril de 2015

OBRAS DE EMERGENCIA POR ACONTECIMIENTOS IMPREVISTOS. NECESIDAD DE EJECUTARLAS CON ARREGLO A LA LEY. PREGUNTAS EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS SOBRE LA CONFEDERACIÓN DEL GUADALQUIVIR.

*Cierto es que cuando se siguen planes o programas meticulosamente preparados se reducen en gran medida las actuaciones de urgencia, pues éstas tienen siempre por causa la aparición de un acontecimiento cuya existencia no había sido calculada, pero no puede desconocerse, por otra parte, que la capacidad de previsión en los programas de obras, esencialmente dinámicos, tiene unos límites por encima de los cuales no sería razonable ni económico exigir un celo previsor a los órganos administrativos.

*El simple hecho de poner en conocimiento del Consejo de Ministros la adopción de las medidas previstas para emergencia, no supone, ni puede suponer, la concesión de créditos extraordinarios o de suplemento de crédito, reservados en su aprobación a las Cortes —artículo 64.1 Ley General Presupuestaria— [...] El artículo 27 de la LCE no puede utilizarse como Ley de coberturas para defraudar los principios legales rectores del gasto público, como lo prueba de forma terminante el artículo 60 de la Ley General Presupuestaria.

*(La Ley) trata de conciliar el carácter de las obras de emergencia, que no admiten dilaciones en su ejecución, con las necesarias garantías y controles, para lo que establece, entre otros requisitos, la necesidad de dar cuenta inmediata de las mismas al Consejo de Ministros.

*La aplicación de este régimen excepcional ha de ser hecho con un criterio de rigor por el riesgo que implica de no preservar adecuadamente el principio básico que anima a toda la contratación administrativa de garantizar la igualdad de oportunidades de los administrados asegurando de paso, con ello, la moralidad administrativa «añadiendo que» no basta la existencia de un acontecimiento de excepcional importancia del que dimane la situación que las medidas en cuestión afrontan, sino que lo que ampara la normativa de emergencia es una actuación administrativa inmediata, absolutamente necesaria para evitar o remediar en lo posible las consecuencias del suceso en cuestión».

*La Junta Consultiva de Contratación Administrativa es de la opinión que en la Ley de Contratos se encuentran soluciones para resolver el tratamiento de las obras imprevistas y urgentes sin necesidad de que los órganos de gestión tengan que acudir a corruptelas o infracciones de lo establecido. 


Las obras de emergencia se adjudican para acontecimientos catastróficos o situaciones que supongan grave peligro. El diputado socialista Antonio Hurtado, con fecha 16 de febrero de 2014 solicita respuestas en el Congreso de los Diputados sobre las actuaciones de emergencia realizadas en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

El Confidencial continúa informando:


miércoles, 8 de abril de 2015

EL INFORME DE LA INSPECCIÓN DEL MAGRAMA SOBRE LOS CONTRATOS EN LA CHG: DE LAS DENUNCIAS MANIFIESTAS A LAS DENUNCIAS ANÓNIMAS Y LA INVESTIGACIÓN DE “EL CONFIDENCIAL”. EL USO ADECUADO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES.

La diferencia entre una denuncia formal (manifiesta) y una que no lo es (anónima) no debiera estar en si el denunciante se identifica o no, sino en si aporta o no algún principio de prueba, documento, indicio serio o información con contenido, y no conjeturas o habladurías. Y eso ya se recoge en la Ley, además de que si la oficina competente funciona como debe, nunca hará caso de algo llamado “denuncia”, por muy formal o identificada que esté, si no tiene esos datos o indicios comprobables. No digamos cuando la información que se facilita es en realidad pública, al menos formalmente, y la Administración competente podría haberla conseguido por sí misma, si hubiera sabido donde mirar.

El periódico “El Confidencial” inicia su crónica en el mes de julio del pasado año, continuando hasta hoy, poniendo nombre y apellidos, con datos fiables obtenidos tanto de la Plataforma de Contratación del Sector Público como de denuncias manifiestas, sobre personas y empresas que más se han beneficiado de las adjudicaciones en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Informaciones necesarias para que el ciudadano conozca mejor los vínculos de estas personas y empresas con lo público. Porque el dinero invertido en esas adjudicaciones es público, es de todos, todos tenemos derecho a saber a quién estamos contratando. No se puede contar con una panorámica amplia del problema si no se investiga tanto al adjudicador como al adjudicatario.

El Informe de la Inspección de Servicios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, estudia, en base a denuncias anónimas de empleados públicos e informaciones de El Confidencial, las contrataciones realizadas en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir durante los años 2012, 2013 y 2014 y analiza las irregularidades existentes con limitaciones, "limitaciones de la Inspección en la investigación de irregularidades".

El informe da sus conclusiones: falta de diligencia; no se pueden demostrar presiones ni vínculos amistosos; es difícil cuestionar la adjudicación de los contratos por el procedimiento abierto.  

El análisis nos permite comprobar lo ya conocido, una disminución evidente de adjudicaciones por el procedimiento negociado sin publicidad en el año 2014, quizá debido al aviso del Órgano competente ante las denuncias anónimas sobre el abuso en la utilización de dicho procedimiento.

Las conclusiones, no obstante, nos permiten ver que siguió el uso de la contratación menor que, en su apariencia de legalidad, sigue incumpliendo los criterios de publicidad, vulnerando los principios generales de contratación administrativa de libre concurrencia, igualdad y no discriminación.

Dicen los matemáticos que:

"Aquellos que abusan de las matemáticas también abusan de nosotros. Nos convertimos en presas de las triquiñuelas comerciales, las estafas financieras, la charlatanería médica y el terrorismo numérico de los grupos de presión, todo porque somos incapaces (o no estamos dispuestos) a pensar con claridad durante unos momentos."

"Si quieres demostrar algo absurdo toma un montón de datos, tortúralos hasta que digan lo que quieres demostrar, y a la confesión así obtenida llámale estadística".  

"Si se reúnen suficientes datos, se puede demostrar cualquier cosa con ayuda de la estadística".

"Para conseguir un aire de precisión científica que dará consistencia a la estadística más fraudulenta, emplee los decimales".

"Los porcentajes son terreno fértil para la confusión y al igual que los decimales que siempre impresionan, pueden proporcionar una aureola de precisión a lo inexacto".

Lamentablemente la brecha entre las dos culturas, las humanidades y las ciencias, nos ha conducido a situaciones tan paradójicas como que el ciudadano medio se jacte de su analfabetismo matemático: "Yo de números no entiendo …" y sin embargo le parezca signo de profunda incultura el desconocimiento de quién era Cervantes. Ambas negligencias son incultura. Y la ignorancia siempre ha sido la puerta de entrada para las injusticias, los atropellos y el engaño. 

Como ciudadanos responsables y como empleados públicos profesionales valiosos, debemos tener una habilidad básica para distinguir entre conclusiones matemáticas que parecen ser válidas de las que son gravemente defectuosas.

Por otro lado el Tribunal de Cuentas advierte y toma medidas sobre determinados aspectos relacionados con las contrataciones de servicios. El Informe de la Inspección nos enumera los contratos pero “no entra en el fondo del asunto”. Cada Pliego de Servicios toma como causa la insuficiencia de medios propios sobrevenida tras la reversión al Estado de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

En los expedientes de contratación debe determinarse con precisión la naturaleza y extensión de las necesidades a satisfacer, la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas y la insuficiencia de medios propios, lo que en ultimo extremo garantiza una eficiente utilización de los fondos públicos.

La insuficiencia de medios que determine la necesidad de acudir a la contratación externa debe justificarse en el expediente, sin que una motivación genérica se considere suficiente. 

En ninguna de las adjudicaciones se detalla el por que no era oportuno ni necesario ampliar los medios humanos y materiales del Organismo, ni tampoco consta la realización de un estudio técnico comparativo, al respecto, que valorase la posibilidad de prestar el servicio con personal propio de la Confederación, en lugar de acudir a la externalización sistemática del servicio que se lleva prestando, ininterrumpidamente, pliego tras pliego, por lo que no resulta suficientemente acreditada la necesidad de la contratación. 

En cualquier caso, teniendo presente las características y funciones especializadas devueltas al Estado, se debería haber contado o, se debería contar, con los medios tanto materiales y personales suficientes para realizar satisfactoriamente la prestación del servicio, o bien se debería haber realizado un estudio comparativo sobre la diferencia entre el coste que supondría su realización por su propio personal o el que se derivaría de su externalización, que, en los supuestos de todos ya conocidos, supera los 30 millones de euros.

La normativa contractual prevé la posibilidad de contratar servicios, es decir, trabajos, pero no trabajadores. Si la Administración precisa trabajadores debe valorar la posibilidad de realizar los servicios con medios propios.

Las circunstancias anteriores ponen en cuestión que los mencionados servicios continúen siendo externalizados, puesto que al tratarse de una necesidad continuada en el tiempo y de unas prestaciones consistentes, en esencia, en el trabajo de un grupo de personas físicas con determinada calificación, debería el Organismo haber examinado la posibilidad de realizar con medios propios las actividades objeto de este sinfín de contrataciones, y proceder a valorar el ahorro que ello supondría en los gastos de la propia Confederación y, por supuesto, exigir la apertura de la oferta de empleo público en el Organismo por ser, según estas premisas, claramente deficitario.

A la vista de todo lo anterior, si algo sucede a menudo lo más probable es que siga sucediendo, máxime si no se pone remedio, por muchas Instrucciones del MAGRAMA vigentes e informes de la Inspección de Servicios, si para la protección de bienes y recursos públicos, incluidos los medios humanos, no se establecen unas disposiciones que requieran que quienes desempeñan funciones públicas se vean obligados a proteger esos bienes y recursos que le han sido confiados en razón de sus funciones. Unas disposiciones que impidan la pérdida, daño o uso indebido de esos bienes y recursos públicos, unas disposiciones relacionadas con la rendición de cuentas sobre los recursos públicos "no protegidos" y unas disposiciones que tipifiquen y establezcan las correspondientes sanciones y las consecuencias por incumplimiento.

Con todo esto algunos tenemos las cosas bastante claras cuando desde el presente examinamos el pasado, no solo por la razón obvia de que ahora tenemos más información que entonces y sabemos cómo puede acabar todo, sino también porque podemos juzgar desde cierta distancia, con otra perspectiva y, en especial, con menos implicación emocional. Eso nos permite examinar con serenidad y mayor objetividad una situación pasada. La conclusión suele ser que casi siempre existían otras posibilidades o líneas de acción que no pudimos ver entonces.